El IBC (Ingreso Base de Cotización) se calcula sumando el salario mensual y todos los pagos que constituyen salario —como comisiones, horas extras y recargos—, y excluyendo los pagos no salariales, como el auxilio de transporte. Sobre ese resultado se aplican los porcentajes de salud, pensión y riesgos laborales. El IBC nunca puede ser inferior a un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) ni superior a 25 SMMLV. En 2026, eso significa una base entre $1.750.905 y $43.772.625.
Suena a fórmula de contador, pero tranquilo: aquí te lo explicamos paso a paso, con ejemplos reales y los casos especiales que suelen generar dolores de cabeza. Al final del artículo vas a poder calcular el IBC de cualquier trabajador sin dudar.
¿Qué es el IBC y por qué importa tanto?
El IBC es, en palabras simples, el monto sobre el que se calculan los aportes a seguridad social: salud, pensión y ARL. No es lo mismo que el salario total del trabajador, porque no todo lo que le pagas entra en la base.
Si lo calculas mal, las consecuencias van en dos direcciones: si cotizas de menos, la UGPP (la entidad que fiscaliza los aportes) puede exigirte el pago con sanciones e intereses; si cotizas de más, estás pagando dinero que no debías. Por eso vale la pena tener el cálculo claro desde el principio.
Paso a paso: cómo determinar el IBC
- Suma todos los pagos que constituyen salario. Incluye el salario básico, las comisiones, las horas extras, los recargos nocturnos, dominicales y festivos, y cualquier bonificación habitual que remunere el trabajo.
- Excluye los pagos no salariales. El auxilio de transporte, las cesantías, los intereses de cesantías, la prima de servicios y los pagos pactados expresamente como no salariales (bonos ocasionales, auxilios extralegales) no hacen parte del IBC.
- Aplica el límite del 40% para pagos no salariales. Según la Ley 1393 de 2010, los pagos no salariales no pueden superar el 40% del total de la remuneración. Si lo superan, el excedente entra al IBC.
- Verifica los topes. El IBC no puede ser menor a 1 SMMLV ni mayor a 25 SMMLV. Si el resultado queda por fuera de ese rango, ajústalo al límite correspondiente.
- Aplica los porcentajes de cada aporte. Con el IBC definido, calculas salud, pensión y ARL con los porcentajes que verás a continuación.
Un caso especial: si el trabajador tiene salario integral, el IBC es el 70% del salario integral, porque el 30% restante corresponde al factor prestacional.
Porcentajes que se aplican sobre el IBC
Una vez tienes el IBC, así se reparten los aportes entre empleador y trabajador:
| Aporte | Total | A cargo del trabajador | A cargo del empleador |
|---|---|---|---|
| Salud | 12,5% | 4% | 8,5%* |
| Pensión | 16% | 4% | 12% |
| Riesgos laborales (ARL) | 0,522% a 6,96% según nivel de riesgo | 0% | 100% del aporte |
| Fondo de Solidaridad Pensional | 1% (si el IBC es igual o mayor a 4 SMMLV) | 1% | 0% |
*Los empleadores que aplican la exoneración del artículo 114-1 del Estatuto Tributario no pagan su parte de salud por trabajadores con ingresos inferiores a 10 SMMLV.
La parte del trabajador (4% de salud y 4% de pensión) se descuenta directamente de su pago mensual. Si quieres ver el panorama completo de esos descuentos, revisa las deducciones de nómina que se aplican al salario del trabajador.
Ejemplos prácticos de cálculo del IBC
Ejemplo 1: salario básico más comisiones
Andrea gana un salario básico de $2.000.000, recibió $500.000 en comisiones y $200.000 de auxilio de transporte (que no aplica en su caso por el nivel de ingresos, pero supongamos un auxilio extralegal pactado como no salarial).
- IBC: $2.000.000 + $500.000 = $2.500.000 (el auxilio no salarial queda por fuera y no supera el límite del 40%).
- Salud (12,5%): $312.500 → $100.000 los aporta Andrea y $212.500 el empleador.
- Pensión (16%): $400.000 → $100.000 Andrea y $300.000 el empleador.
- ARL riesgo I (0,522%): $13.050, todo a cargo del empleador.
Ejemplo 2: salario integral
Carlos tiene un salario integral de $20.000.000. Su IBC es el 70%: $14.000.000. Sobre esa base se calculan todos los aportes: salud $1.750.000, pensión $2.240.000, y como su IBC supera 4 SMMLV, también aporta 1% al Fondo de Solidaridad Pensional ($140.000, descontado de su pago).
Ejemplo 3: trabajador independiente
Si eres independiente con contrato de prestación de servicios, tu IBC es el 40% del valor mensualizado de tus ingresos, sin que quede por debajo de 1 SMMLV. Si facturas $5.000.000 al mes, tu IBC es $2.000.000 y sobre eso pagas el 12,5% de salud ($250.000) y el 16% de pensión ($320.000), ambos por tu cuenta.
Casos especiales que debes tener claros
Licencias no remuneradas y días de ausencia
Cuando un trabajador toma una licencia no remunerada o tiene días de ausencia sin pago, el IBC del mes no se calcula sobre el salario completo, sino en proporción a los días efectivamente trabajados. La fórmula es sencilla:
IBC proporcional = (salario mensual ÷ 30) × días trabajados
Por ejemplo: si el salario es de $2.100.000 y el trabajador estuvo 10 días en licencia no remunerada, cotiza por 20 días. Su IBC para pensión sería $2.100.000 ÷ 30 × 20 = $1.400.000, y el aporte a pensión del mes sería el 16% de esa base: $224.000. Ese menor aporte se refleja en las semanas cotizadas del trabajador, así que es clave calcularlo bien y reportar la novedad correspondiente en la planilla.
Ten en cuenta dos detalles importantes:
- En salud, durante la suspensión del contrato o la licencia no remunerada, el empleador debe seguir realizando su aporte para que el trabajador no pierda la cobertura, según lo previsto en el Decreto 780 de 2016.
- En ARL, no se cotiza por los días en que el contrato está suspendido, porque el trabajador no está expuesto al riesgo laboral.
Contratos de medio tiempo: ¿salario pactado o salario mínimo?
Este es uno de los puntos que más confusión genera. La regla general es clara: el IBC mensual no puede ser inferior a 1 SMMLV, incluso si el salario pactado es menor por tratarse de media jornada.
Veámoslo con números en 2026: si contratas a alguien medio tiempo por $875.453 (medio salario mínimo) y trabaja el mes completo, el IBC para salud y pensión no es $875.453 sino $1.750.905, el mínimo legal. Los porcentajes se aplican sobre esa base.
La excepción es la cotización por semanas del Decreto 2616 de 2013: si el trabajador es contratado por días y labora menos de un mes completo, puedes cotizar a pensión por semanas (una semana equivale a un cuarto de SMMLV como base). Es un esquema pensado para trabajos por días —como servicio doméstico o labores ocasionales—, no un atajo para reducir aportes en contratos de medio tiempo con jornada mensual completa.
El redondeo a la centena en la planilla
Al liquidar los aportes en la planilla oficial (PILA), los valores se aproximan al múltiplo de 100 más cercano. Es decir, un aporte de $312.550 no se paga por ese valor exacto, sino ajustado a la centena. Ten en cuenta que la Resolución 1529 de 2026 introdujo cambios en la PILA vigentes desde septiembre de 2026, así que verifica en esa norma si las reglas de redondeo aplicables a tu planilla se mantienen o fueron ajustadas.
Esto genera pequeñas diferencias de pesos entre lo que calcula tu nómina y lo que efectivamente pagas en la planilla. No es un error, pero sí debes validar esos redondeos en tus registros contables para que la contabilidad y los pagos de PILA cuadren al peso. Una diferencia de $50 sin explicar puede volverse una conciliación eterna a fin de año; identificada desde el inicio, es un ajuste de segundos.
El IBC en tu nómina electrónica
El IBC no vive solo en la planilla: es un dato central del documento soporte de nómina electrónica que se reporta a la DIAN. Cada devengo salarial que registres alimenta la base de cotización, y cada deducción de salud y pensión debe ser coherente con ella. Si quieres ver cómo encaja todo el proceso, te contamos en detalle cómo calcular la nómina electrónica con el IBC como pieza fundamental.
La buena noticia es que este cálculo no tiene que ser manual. Con un sistema de nómina que aplique automáticamente los topes, las proporciones por días trabajados y las novedades, el IBC deja de ser un riesgo y se convierte en un dato más que sale bien todos los meses. En Dataico creemos que la seguridad social debe darte justamente eso: seguridad, no sustos.
Referencias
- Ley 100 de 1993 – Sistema de Seguridad Social Integral (Función Pública)
- Ley 1393 de 2010 – Límite de pagos no salariales para el IBC (Función Pública)
- Decreto 2616 de 2013 – Cotización por semanas (Función Pública)
- Decreto 780 de 2016 – Decreto Único Reglamentario del Sector Salud (Minsalud)
- UGPP – Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales









